Se conoce como ciberbullying (del inglés bullying, acoso o matonaje), ciberacoso o acoso virtual al uso de las plataformas y medios de comunicación digitales con fines de ejercer violencia emocional y psicológica sobre un individuo o un grupo de ellos, a través de ataques personales constantes, divulgación de información privada o de información falsa, generalmente por parte de agresores amparados en el anonimato.
Este tipo de acoso causa a la víctima importantes márgenes de angustia, estrés, humillación y otras formas más o menos graves de sufrimiento emocional, que perfectamente pueden conducirlo a dolencias mayores.
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Por esta razón el ciberbullying puede constituir un delito en algunos casos y algunas legislaciones.
Tipos de ciberacoso
Acoso psicológico.
Consiste en la descalificación pública, constante y malintencionada de una persona, exponiendo y/o exagerando sus debilidades y defectos, o censurando sistemáticamente sus comentarios e intervenciones en las plataformas de socialización en línea. El propósito de esta práctica es humillar al otro y perjudicar su autoestima, al hacerlo sentir expuesto o injustamente agredido frente a los demás.
Ciberstalking.
Se conoce así a la práctica de indagar en la información digital de la víctima, con el propósito de hallar información antigua, confidencial o personal que sirva para agredirlo en la actualidad, exponerlo, ridiculizarlo, etc.
Acoso pederasta o grooming.
En este caso, se trata de una serie de conductas llevadas a cabo por un adulto, con el fin de ganarse la confianza de un menor de edad, con fines de seducirlo sexualmente. Esto puede ocurrir abiertamente, o a través de disfraces y artimañas que buscan confundir al menor y hacerle creer que se comunica con alguien de su misma edad o cercano.
Sextorsión.
Suele consistir en el chantaje, la intimidación o la extorsión de una persona a manos de uno o varios individuos que de alguna manera se han hecho con material íntimo de su propiedad (fotografías, videos, mensajes, etc.). A menudo suele darse a manos de antiguas parejas, que divulgan contenido íntimo a modo de venganza, y puede ser considerado un tipo de violencia de género, dado que en la abrumadora mayoría de casos, la víctima es una mujer.
Bombardeo comunicacional.
Se trata en este caso de llamadas, mensajes u otro tipo de comunicaciones que se dan de manera masiva, insistente y abrumadora en redes sociales, videojuegos o servicios de videollamadas, mensajería y correo electrónico. Estos mensajes no tienen ningún otro fin que el de insultar, agredir y torturar a la víctima, a menudo como una dinámica de venganza o de supuesto castigo.
¿Cómo prevenir el ciberacoso?
En el caso de víctimas infantiles o juveniles, una estrecha comunicación entre padres e hijos.
Aprender sobre las plataformas tecnológicas usadas.
Diseñar estrategias de seguridad para las cuentas y dispositivos.
Acudir a las autoridades apropiadas en caso de darse el acoso virtual, y suspender de inmediato el contacto con los abusivos: bloquear, silenciar, denunciar la mala conducta a los administradores de la web o, en el peor de los casos, suspender temporalmente la cuenta y la participación de la víctima en el espacio digital.
Evitar la difusión voluntaria de material delicado, confidencial o comprometedor en redes sociales.